Corte Suprema rechazó recurso de amparo interpuesto por el senador Calisto en causa por fraude al Fisco y fraude de subvenciones

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Este amparo buscaba que no se cerrara la investigación de la Fiscalía y así evitar la presentación de una acusación respecto de los ocho imputados en este caso, incluido el senador, quien finalmente fue desaforado el pasado 6 de octubre, lo que permite llevarlo a juicio.

La Corte Suprema rechazó el último recurso de amparo que había presentado la defensa del Senador Miguel Ángel Calisto en contra de la resolución pronunciada el 4 de septiembre pasado por el magistrado del Juzgado de Garantía de Coyhaique, Mario Devaud Ojeda, en la que desestimó la solicitud de ampliación del plazo de investigación formulada por la defensa del ahora desaforado senador, en una causa por fraude al Fisco y fraude de subvenciones.

En esa oportunidad tampoco se acogió la cautela de garantías solicitada por la defensa de Calisto, en relación con el acceso a determinados soportes digitales aportados por otro coimputado. Dicha resolución después fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique. Y a todo ello es lo que reclamaba la defensa.

La resolución fue pronunciada por la Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por los Ministros (as) Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Andrés Llanos S., Maria Gajardo H., Jorge Luis Zepeda A., y Dinko Antonio Franulic.

Con este recurso de amparo, la defensa del desaforado senador Calisto “pretendía la reapertura de la investigación en circunstancias que no existía ninguna diligencia pendiente y, por otra parte, solicitaba acceder a antecedentes investigativos aportados por otro coimputado en la causa y que no fueron incorporados a esta investigación, sino que a otras causas que se iniciaron a raíz de su declaración”, señala el comunicado de Fiscalía de Chile.

En este sentido, la Corte de Apelaciones de Coyhaique había desestimado la acción constitucional, es decir, no otorgó el amparo cuando fue solicitado en esa instancia, “considerando que, con los nuevos antecedentes aportados por un coimputado en la misma causa del senador, el Ministerio Público ordenó la instrucción de nuevas investigaciones, independientes y ajenas a la causa en la que se adoptaron las resoluciones por esa vía impugnadas y en que fue objeto de acusación”, explica el comunicado.  

En la investigación original, el Fiscal Regional de Aysén Hernán Libedinsky, presentó acusación en contra de ocho imputados por los delitos de fraude al Fisco y fraude de subvenciones, en carácter de reiterado, donde el monto total del perjuicio para el Estado supera los 100 millones de pesos. Entre los acusados por el delito de fraude al Fisco se encuentra el senador Miguel Ángel Calisto, lo que finalmente dio pie a su desafuero el pasado 6 de octubre.

amparo

Nada que amparar

El fallo de la Corte Suprema añade que “consta del informe evacuado que, en la audiencia de 4 de septiembre del año 2026, el Ministerio Público manifestó que todos los elementos recogidos en la investigación se encontraban a disposición de los intervinientes y que las diligencias cuya realización habían motivado la reapertura de la investigación se encontraban terminadas”. 

En el mismo sentido, sostuvo la Corte Suprema que el mismo 4 de septiembre en que el Ministerio Público comunicó el cierre de la investigación y formuló acusación, acompañó los antecedentes de ésta, disponiéndose posteriormente que aquellos acumulados durante la investigación quedaran a disposición de los acusados en el tribunal para su examen y que la carpeta investigativa pudiera ser descargada por las defensas.

“A lo anterior, ha de agregarse que, según informó el Juez de Garantía recurrido, las especies puntualmente individualizadas por la defensa, no fueron consignadas entre los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público en su acusación, de modo que en caso alguno podrían hacerse valer en contra del acusado en juicio, confirmándose su desvinculación, por ende, de los cargos que en el proceso penal concernido se han formulado”, estimó el máximo tribunal, rechazando el amparo solicitado.

Ahora quedan pendiente las acciones legales que emprenda la defensa del senador, según el mismo anunció el día de su desafuero, en torno a esta situación que le quitó la inmunidad legal que asiste a los parlamentarios, la que pierden cuando hay antecedentes fundados de una presunta comisión de delito, algo que solo puede establecerse en el juicio correspondiente, para lo cual es necesario desaforar previamente.

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