Lengua de señas

Comunidad sorda advierte ausencia de lengua de señas en balances del Gobierno por el temporal y pide no ser excluida ante emergencias  

Si bien el Ejecutivo utiliza en otras transmisiones del presidente José Antonio Kast la lengua de señas, ésta ha estado ausente en las comunicaciones que viene realizando hace casi una semana sobre el temporal que afecta al país y que ha dejado cuatro personas muertas y miles de damnificados.

En medio del despliegue comunicacional llevado adelante desde el pasado el lunes por el Gobierno debido al temporal, la Fundación Unión Autismo y Neurodiversidad (FUAN), reparó en la ausencia de la lengua de señas en los distintos puntos de prensa realizados por el Ejecutivo, tanto en el Senapred como en las regiones afectadas que visitó el presidente José Antonio Kast.

Desde la organización indicaron que ante “una emergencia, la falta de accesibilidad también pone vidas en riesgo”, esto, en alusión a las diversas comunicaciones de alertas que viene realizando el Gobierno desde antes que llegara el temporal y por donde además entrega las precauciones a la población.

Por tal razón, llamaron “al Gobierno y a las instituciones responsables a incorporar lengua de señas chilena, apoyos visuales, lectura fácil y medidas de accesibilidad universal en cada protocolo y acción“.

Desde FUAN alertaron que “las personas autistas y con discapacidad tienen derecho a recibir protección e información oportuna, comprensible y accesible“. Añadiendo que “esto debe garantizarse tanto en las comunicaciones públicas de las autoridades, como también en evacuaciones, albergues, centros sanitarios y todos los espacios de respuesta ante una emergencia“.

En el organismo destacaron que “las emergencias y catástrofes no pueden ser instancias para nuevas barreras de exclusión“.

En Chile no existe un plan de gestión de riesgos de desastres, ni de mitigación de riesgos, que incluya de forma prioritaria a las personas con discapacidad“, relevó la Fundación Unión Autismo y Neurodiversidad.

En el organismo sostienen que “urge una política pública participativa que garantice, sin exclusiones, la protección de las personas con discapacidad ante emergencias y desastres“.

Lengua de señas

Qué dice la Ley en Chile

En el país el marco legal que fija esta obligación a quienes administran el Estado es la 21.303, la cual fue publicada el año 2021 y reconoce oficialmente a la lengua de señas chilena como la lengua natural, originaria y patrimonio intangible de las personas sordas, modificando la Ley 20.422, cuya aplicación recae sobre los ministerios de Desarrollo Social y Familia y Educación, que hoy dirigen María Jesús Wulf y María Paz Arzola, respectivamente.

Además, establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad y promueve el uso de la lengua de señas y obliga a los gobiernos a fomentarla.

El artículo 26 de la cita ley, señala que “el Estado reconoce y se obliga a promover, respetar y a hacer respetar, de conformidad con la Constitución, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, los derechos culturales y lingüísticos de las personas sordas, asegurándoles el acceso a servicios públicos y privados, a la educación, al mercado laboral, la salud y demás ámbitos de la vida en sociedad en lengua de señas.”.

Entre las adecuaciones realizadas a la norma legal en 2021, está la incorporación de tres incisos al artículo 6, donde se define las condiciones de las personas cuyos derechos busca resguardar.

Señala que la persona con discapacidad auditiva es “aquella que, debido a su funcionalidad auditiva reducida o inexistente, producida por enfermedad, accidente o vejez, en la interacción con el entorno se enfrenta a barreras que impiden su acceso a la información y comunicación auditiva oral dadas por la lengua mayoritaria”.

Respecto de la persona sorda, indica que es “aquella que, a partir de su funcionalidad auditiva reducida o inexistente, adquirida desde su nacimiento o a lo largo de su vida, se ha desarrollado como persona eminentemente visual, tiene derecho a acceder y usar la lengua de señas, a poseer una cultura sorda e identificarse como miembro de una comunidad lingüística y cultural minoritaria”.

Y establece que se entenderá por comunidad sorda al “grupo de personas que constituyen una minoría lingüística y cultural, conformado principalmente por personas sordas y organizaciones de personas sordas de cualquier tipo, en la que también pueden participar las personas con discapacidad auditiva y las personas oyentes que comparten la lengua y la cultura de las personas sordas.”.

FUAN se define como una organización colaborativa que resguarda “el respeto y valoración de la persona autista, de la neurodivergencia y de la neurodiversidad, como sujetos de derecho que aportan de manera valiosa a nuestra sociedad”.

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