Salmonicultura chilena y la dispersión normativa que traba una correcta fiscalización de la industria

Salmonicultura chilena: dispersión normativa traba correcta fiscalización de la industria

Fundación Terram publicó su “cartilla informativa n°2: El Régimen Jurídico-Ambiental de la Salmonicultura en Chile”, que detalla las regulaciones que le atañen a este sector, y muestra que adolece de una legislación robusta y específica, ya que se basa más en reglamentos aplicables a la industria. Y al menos ocho de esos reglamentos fueron retirados de Contraloría cuando asumió el actual gobierno, y hasta ahora siguen en evaluación.

La salmonicultura es una de las principales actividades acuícolas del país, y Chile es el segundo productor a nivel mundial después de Noruega. Y a pesar de su relevancia económica, la industria ha generado diversos efectos adversos en el medioambiente, y su regulación en ese ámbito sigue siendo insuficiente, rigiéndose por lo dispuesto en la Ley General de Pesca y Acuicultura. Un aspecto no menor frente a las modificaciones legales aprobadas durante los últimos años.

Un trabajo de análisis jurídico desarrollado por Fundación Terram, justamente, “advierte que, pese a los nuevos cambios legales en materia de delitos económicos, concesiones acuícolas y áreas protegidas, el país aún no cuenta con una regulación ambiental más robusta, efectiva y coherente que prevenga los impactos de la industria salmonera”.

Además, se evidencia que hay una fragmentación y falta de sistematización de la normativa existente o de leyes específicas para esta industria. Más aún, considerando que los salmones son especies exóticas introducidas en Chile para su cultivo intensivo y hoy existen más de 1.300 concesiones concentradas en Los Lagos, Aysén y Magallanes, incluyendo áreas protegidas.

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Concesiones acuícolas de salmones otorgadas, con proyecto técnico aprobado y en trámite en las regiones de Los Lagos, Aysén, y Magallanes a junio de 2026. Fuente: Elaboración Terram, con base en información disponible en el Visualizador de Mapas de la SUBPESCA.

Es en este contexto, que Fundación Terram publica su cartilla informativa n°2: El Régimen Jurídico-Ambiental de la Salmonicultura en Chile, donde “se describen las definiciones básicas que determinan a la industria salmonera, detallando las regulaciones más amplias del régimen jurídico ambiental nacional de la acuicultura (albergadas principalmente en la Ley de Pesca N°18.892 y la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente), así  como los reglamentos específicos aplicables a esta industria (instrumentos como el Reglamento Ambiental, Reglamento Sanitario y Reglamento de Plagas, abreviados como RAMA, RESA y REPLA). Sumándose, desde los últimos años, la Ley de Delitos Económicos y la Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP)”, señalan en la presentación de este estudio.

La Ley de Delitos Económicos incorporó nuevas herramientas para perseguir penalmente determinados ilícitos cometidos en el ámbito empresarial, que son los delitos de contaminación, de extracción ilegal, y el de grave daño ambiental, que pueden aplicarse al desarrollo de la actividad salmonera. Esto adquiere relevancia considerando que las infracciones ambientales pueden generar consecuencias que van más allá de las sanciones administrativas, dependiendo de las conductas y circunstancias contempladas por la legislación.

En el caso de la Ley N°21.600, que creó el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) y estableció un nuevo régimen para las áreas protegidas, la normativa prohíbe la explotación comercial de recursos naturales en Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas de Región Virgen, mientras que sí permite actividades de uso sustentable en otras categorías bajo determinadas condiciones. Ello es relevante en el caso de la industria salmonera, dado que a la fecha hay 409 concesiones en áreas protegidas.

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Mapa de Concesiones otorgadas y en trámite dentro de la Reserva Nacional Las Guaitecas, Región de Aysén. Fuente: Elaboración de Terram con base en información disponible en el Sistema Catastral del Ministerio de Bienes Nacionales y en el Visualizador de Mapas de la SUBPESCA a junio del 2026.

Falta ley especifica de salmonicultura

Desde Fundación Terram también indican que pese a existir avances desde la última edición de la cartilla (2019) relacionados principalmente a la dictación de ambas leyes -Ley de Delitos Económicos y la Ley SBAP-, “no existió un avance significativo en la normativa sectorial y hay una clara ausencia de una ley que regule específicamente la acuicultura en general y la industria salmonera en particular”.

Así, “mientras la legislación ambiental y de biodiversidad ha incorporado nuevas herramientas, el marco jurídico que regula a la salmonicultura continúa fragmentado y presenta vacíos que dificultan una regulación efectivamente precautoria y ecosistémica”, plantean.

La discusión, por tanto, no se limita a cuántas normas existen para la industria, sino a si estas permiten prevenir sus impactos y compatibilizar su desarrollo con la protección de los ecosistemas donde se emplaza.

Con más de 1.300 concesiones acuícolas salmoneras otorgadas en las regiones de Los Lagos, Aysén y Magallanes, la revisión plantea “la necesidad de avanzar hacia una regulación coherente que considere la condición de especie exótica de los salmónidos, la escala territorial de la actividad y los objetivos de conservación de la biodiversidad“.

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Mapa Distribución geográfica de las concesiones de salmónidos otorgadas, con proyecto técnico aprobado y en trámite en las regiones de Los Lagos, Aysén y Magallanes a junio de 2026. Fuente: Elaboración Terram, con base en información disponible en el Visualizador de Mapas de la SUBPESCA.

Regulación salmonicultura es más bien reglamentaria

La industria de la salmonicultura, de hecho, es una de las más reguladas, en cuanto a la operación, a la depositación de los residuos que produce, etc. El problema es que hoy prima la regulación a nivel reglamentario, es decir, a través de decretos y reglamentos que no pasan por un proceso legislativo como una ley y, por ende, son más fáciles de modificar para el gobierno de turno.

Y si bien la reciente ley es un avance, esta tiene una gran cantidad de referencias reglamentarias. Esto quiere decir que, para que esto sea operativo se tiene que dictar cierto reglamento. Por ejemplo, el reglamento de áreas protegidas, que es muy importante porque va a establecer cómo se crean estas áreas, cómo se desafectan, entre otras cosas, o el reglamento de permisos y concesiones sectoriales. Entonces, estos reglamentos son necesarios para la operatividad de la ley.

Pero, al menos ocho de esos decretos que contenían reglamentos de esta ley fueron retirados de Contraloría cuando asumió el gobierno de José Antonio Kast, que “fue una señal política que retrasa la implementación del servicio, porque evidentemente es algo problemático para la industria. Es mucha más fiscalización, mucha más regulación, y es poner en orden todo el sistema”, explican fuentes consultadas.

Además, cualquier ley que busque mejorar la fiscalización y evitar que se produzcan no solo delitos, sino daño ambiental, por ejemplo, es letra muerta si no se incluye preparación y capacitación a funcionarios, policías y fiscales para entender los delitos ambientales, como investigarlos y como establecer las pruebas científicas requeridas para presentar estos antecedentes a tribunales, y obtener una sanción penal si corresponde.

Además, la fiscalización hoy se hace en línea, por lo que no se conoce la fiabilidad efectiva de los datos, lo que hace opaco el sistema, ya que es casi una autofiscalización. Porque llegar a los lugares donde están la mayoría de las instalaciones de las salmoniculturas requiere recursos y tiempo, algunas están a seis horas o más en lancha, y tampoco se cuenta con una cantidad de fiscalizadores que permita un real monitoreo y visitas a terreno.

Y lo que muestra la cartilla de Terram es que faltan mayores recursos, tanto humanos, como orgánicos y normativos, que apunten a una efectiva implementación de la normativa ya vigente.

Megarreforma e industria salmonera

En cuanto al proyecto de Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, durante su tramitación se propuso permitir la micro-relocalización de concesiones hasta 350 metros sin ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). La medida fue impugnada ante el Tribunal Constitucional (TC) y finalmente quedó fuera del texto aprobado.

Tras el fallo, la exclusión de las micro-relocalizaciones efectivamente fue un golpe para Hacienda, que consideraba relevante este punto para agilizar inversiones, particularmente en el sector salmonicultor. Por eso, posterior a la resolución del TC, el ministro Jorge Quiroz igualmente planteó que las materias rechazadas podían abordarse por otra vía: “Si no es legislativo, será gestión (…) Si no es esta medida, serán otras de gestión, pero no seremos ni somos indolentes ante el retraso en las decisiones”, afirmaba.  

Para el equipo de Fundación Terram, en tanto, “pese al riesgo que representó la propuesta de excluir las denominadas micro-relocalizaciones del SEIA, el TC fue enfático en resolver que no se pueden rebajar los estándares de protección ambiental de manera injustificada, declarándolas inconstitucionales. No obstante, sí se modificó lo relativo a la causal de caducidad por no operación en un plazo superior a los dos años, cuestión que desde la Fundación consideramos un retroceso, pues implica la petrificación de las concesiones aun cuando existe un gran número que no operó en los niveles exigidos por la normativa, desnaturalizando el otorgamiento de las mismas”, aclararon.

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