Exalcalde de Renaico fue condenado a más de 15 años por delitos de estupro reiterado, abuso sexual y aborto

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En fallo unánime, el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete dio por acreditadas tres de las cinco denuncias que existían en contra del exalcalde de Renaico, que es médico de profesión. Los delitos fueron cometidos entre 2016 y 2020, mientras ejercía el cargo.

El exalcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao Marilao, fue condenado a 15 años de cárcel efectiva por el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete, como culpable de los delitos de estupro reiterado, abuso sexual y aborto cometidos contra dos víctimas mientras ejercía su cargo público.

El juez presidente del tribunal, Marcos Antonio Pincheira, informó que, “en relación con el delito de estupro en calidad de reiterado, se le impuso la pena privativa de libertad de 12 años de presidio mayor en su grado medio. Por el delito de aborto, se le impuso la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, y en el caso del delito de abuso sexual a persona mayor de 14 años, se le impuso la pena de 818 días de presidio menor en su grado medio“.

Agregó que, “en este último caso, además, se accedió a la demanda civil deducida por esta víctima, fijando la cuantía de su indemnización por daño moral en la suma de 10 000 000 de pesos”.

Asimismo, se sostiene que en los últimos dos delitos atribuidos al exalcalde Reinao, “el tribunal accedió a la solicitud de la defensa, conocida como media prescripción, toda vez que, según se acreditó en el juicio, respecto de estos dos últimos delitos, la formalización de la investigación respecto del acusado se concretó habiendo transcurrido más de la mitad del tiempo que establece la ley para la persecución de estos ilícitos”.

El tribunal también impuso al condenado las penas especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del exalcalde de Renaico para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

Por su parte, el fiscal regional del Biobío, Roberto Garrido, explicó que “todos los delitos fueron cometidos por el imputado entre los años 2016 y 2020 mientras ejercía como alcalde y valiéndose de su situación de superioridad. Las penas impuestas son de cumplimiento efectivo y esperamos que esta sanción grave por los delitos cometidos pueda transmitir también tranquilidad a las víctimas”.

“Desde el punto de vista de la Fiscalía, el haber superado muchas de las dificultades investigativas en este caso y poder terminar este proceso con una sentencia condenatoria, nos da tranquilidad respecto del trabajo realizado”, sostuvo.

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Exalcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao Marilao, fue condenado a 12 años de cárcel efectiva.

Los casos acreditados a exalcalde

La sentencia indica que “el tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que un día indeterminado de diciembre del 2016, la víctima, una joven de 17 años de edad, acompañó al entonces alcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao Marilao, a una reunión en la Contulmo. En dicho contexto, penetró a la adolescente, aprovechando la diferencia de fuerza y edad, al encontrarse en una cabaña a solas y en un lugar del todo desconocido para la menor”.

Además, se señala que el exalcalde “en fechas no precisadas de 2017, Reinao Marilao “(…) aprovechándose de la necesidad económica que vivía la víctima, y de una solicitud de beca para estudiar en Argentina, manipulándola, dominándola y presionándola”, la accedió en diversas ocasiones, “(…) hasta que la víctima quedó embarazada alrededor de principios de abril del mismo año”.

“Estos hechos los cometía en diversos lugares, en su propio domicilio ubicado en Parronal S/N, Renaico, o a bordo de su vehículo en distintos sitios tales como en camino de Tolpán, Renaico, o en un domicilio no determinado en la ciudad de Temuco, o en un motel no precisado en la comuna de Angol, entre otros”, precisa el fallo.

“Sabiendo Reinao el estado de gravidez de la víctima, y siendo médico de profesión, la determina a tomar medicamentos con la intención de que abortara, no consiguiendo la muerte del feto, por lo que planifica llevar a cabo el aborto en Ecuador, para lo cual convence a los padres de la víctima para otorgar la autorización para viajar al extranjero, dado que era menor de edad, simulando un viaje de estudios, determinando a la víctima a viajar a dicho país, junto a otras personas de su confianza, lo que se ejecuta con fecha 21 de junio de 2017″, se añade.

“En Ecuador, se consumó el aborto, producto de los medicamentos abortivos que se le suministraron, retornando a Chile el 27 de junio del mismo año. Posterior a estos hechos, y por una tercera persona el imputado hizo llegar dinero, para mantener a la víctima en silencio”, detalla el fallo respecto del actuar del exalcalde Juan Carlos Reinao.

Asimismo, se dio por establecido que el 27 de julio de 2020, una segunda víctima, funcionaria contratada a honorarios en la Municipalidad de Renaico, acompañó al entonces alcalde y otra trabajadora hasta la comuna de Contulmo, en una supuesta actividad laboral. El grupo pernoctó en una cabaña ubicada en la localidad de Licahue, ocasión en que el condenado, en horas de la noche y aprovechando que la víctima dormía, le realizó tocamientos indebidos en su zona íntima.

Cabe indicar, además, que el tribunal decretó la absolución de otras tres denuncias por falta de acreditación de la acusación que le atribuía autoría en los delitos consumados de abuso sexual y violación, supuestamente cometidos en fecha no determinada de 2018, en la comuna de Renaico, octubre de 2018, en la comuna de Alto Biobío, y en mayo de 2019 en la comuna de Santiago, respectivamente.

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